Gracias a los Tratados de Libre Comercio las importaciones en México han aumentado significativamente en los últimos años. Los principales rubros de importación en México son los equipos electrónicos, maquinarias, vehículos y plásticos.
Así que si estás pensando en importar mercancía a México es primordial que conozcas todos los impuestos que debes cancelar para ingresar tus productos a este país, identifica los pasos a seguir para realizar el proceso de manera efectiva y segura.
El procedimiento para la importación de mercancías en México está detallado minuciosamente en el portal del Servicio de Administración Tributario (SAT). A continuación te explicamos los pasos a seguir para que tu importación cumpla con todos los trámites requeridos.
Para iniciar debes:
- Contar con el Registro Federal de Contribuyentes y estar al día con la situación fiscal.
- Tener Firma Electrónica Avanzada.
- Estar inscrito en el padrón de importadores.
- Contar con el servicio de un operador de logística internacional o un agente aduanal.
- Registrarte en el padrón de importadores sectoriales (según la clasificación de la mercancía).
- Efectuar el encargo conferido al agente aduanal (se realiza a través de la página del SAT).
- Realizar los pagos correspondientes a las contribuciones y a los gastos de todo el proceso de logística para el transporte de la mercancía.
- Estar al corriente con los trámites respecto a las normas establecidas en México respecto al almacenaje y transporte de mercancías.
Los impuestos que debes cancelar para la importación en México son los siguientes:
La base gravable del impuesto (según la Ley Aduanera artículos 64 al 78-C).
Las contribuciones que deben causarse por motivo de la importación son:
- Impuesto General de Importación (IGI):
- Ad valorem: cuando el valor en aduana de la mercancía esté especificado en términos porcentuales.
- Específicos: especificado en términos monetarios por unidad de medida.
- Mixtos: cuando esté especificado en términos porcentuales y monetarios.
Corresponde a la fracción arancelaria en la que se clasifique la mercancía importada.
Los aranceles se clasifican en:
- Arancel cupo: se refiere a un nivel arancelario asignado para cierto valor o cantidad de mercancías importadas o exportadas y una tasa diferente para las que excedan dicho monto.
- Arancel estacional: correspondiente a las asignaciones de los niveles arancelarios para diferentes periodos del año.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): están obligados a cancelarlo todo aquel que importe bienes o servicios en el territorio nacional. La tasa es del 16% en base al impuesto general de importación adicionando el monto respectivo al último gravamen y las demás contribuciones por el concepto de importación.
- Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN): están obligados al pago de impuesto por automóviles nuevos que sean importados de manera definitiva al país.
- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): este impuesto se refiere al monto a cancelar por concepto de importación de producción y venta de alcohol, cerveza, gasolina, tabaco y plaguicidas.
- Derecho de Trámite Aduanero (DTA): se cancela por las operaciones aduaneras que se efectúen utilizando el pedimento correspondiente a la Ley Aduanera.
- Derecho de almacenaje: se cancelan al finalizar los plazos establecidos con antelación. Para el caso de la importación se establecen dos días y para las aduanas de tráfico marítimo cinco días.
Para efectuar los pagos puede acceder a momento de pago del portal del SAT. Allí está especificado el tiempo y lugar donde se deben realizar las contribuciones.
Hay importaciones que están exentas de impuestos y son: los equipajes de pasajeros en viajes internacionales, donaciones, material didáctico, ataúdes, las indicadas en tratados internacionales, los metales y aleaciones, vehículos destinados a servicios internacionales y sus equipos, maquinaria y equipo obsoleto, las demás importaciones especificadas en el Artículo 61 de la Ley Aduanera y regla complementaria 9ª de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
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