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Qué Son Los Incoterms En El Comercio Exterior

Para realizar tus importaciones y exportaciones es necesario que conozcas los incoterms utilizados en el comercio exterior por las empresas, en especial las encargadas de tramitar toda la logística en el proceso de traslado de mercancía.

¿Qué son los incoterms?

Los incoterms son los Internacional Commercial Terms, Términos Internacionales de Comercio creados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), para el establecimiento de las reglas en cuanto a las responsabilidades que tiene el comprador/vendedor y la empresa encargada de realizar el proceso de transporte, además de regularizar ante los países los términos de comercialización.

Fueron creados en 1936, estos términos son de gran utilidad para los entes comerciales al momento de establecer legalmente quien será el encargado de los trámites como: fletes, aranceles, seguro, embalaje, entrega de mercancía y todo lo relacionado con el proceso de logística. Los incoterms generan seguridad y confiabilidad en el momento de realizar una importación o exportación, las reglas están claramente definidas por ambas partes y además con un respaldo legal.

Actualmente están establecidos 11 incoterms desde su última revisión realizada por la CCI en el año 2010, se dividen en dos categorías: la primera categoría es para cualquier medio de transporte y la segunda para medios de transporte marítimo o fluvial.

  1. Incoterms para cualquier medio de transporte:
    • EXW (Ex – Works) – “en fabrica” (lugar convenido): el vendedor entrega la mercancía. Una vez que el comprador se hace cargo de todos los costos, el riesgo pasa cuando los bienes se entregan al primer transportista designado por el comprador en el lugar convenido. El vendedor paga por el transporte al lugar designado.
    • FCA (Free Carrier) – “franco transportista” (lugar convenido): el vendedor entrega la mercancía. Una vez que el comprador se hace cargo de todos los costos, el riesgo pasa cuando los bienes se entregan al primer transportista designado por el comprador en el lugar convenido. El vendedor paga por el transporte al lugar designado.
    • CPT (Carriage Paid) – “transporte pagado hasta” (lugar de destino convenido): el vendedor entrega la mercancía al transportista designado por él, debe además pagar el costo del transporte necesario para llevar la mercancía al destino designado. El comprador asume todos los costos que ocurren después de que los bienes han sido entregados. Este término puede usarse independientemente del modo de transporte (incluido el multimodal).
    • CIP (Carriage and Insurance Paid) – “transporte y seguro pagados hasta” (lugar de destino convenido): el vendedor paga por el transporte y el seguro hasta el punto de destino designado, pero el riesgo pasa cuando la mercancía se entrega al primer operador, con la excepción de que el vendedor también tiene que contratar un seguro contra el riesgo de pérdida o daño de los bienes del comprador durante el transporte.
    • DAT (Delivered At Terminal) – “entregado en terminal” (puerto de destino convenido): el vendedor entrega la mercancía al transportista designado por él, debe además pagar el costo del transporte necesario para llevar la mercancía al destino designado. El comprador asume todos los costos que ocurren después de que los bienes han sido entregados. Este término puede usarse independientemente del modo de transporte (incluido el multimodal).
    • DAP (Delivered At Place) – –“entregado en un punto” (lugar de destino convenido): el vendedor paga por el transporte hasta el lugar designado, excepto por los costos relacionados con la autorización de importación, y asume todos los riesgos antes del punto en que los bienes están listos para su descarga por parte del comprador.
    • DDP (Delivered Duty Paid) – “entregado con derechos pagados” (lugar de destino convenido): el vendedor es responsable de entregar la mercancía en el lugar convenido en el país del comprador, y paga todos los costos para llevar la mercancía a su destino. Representa la obligación máxima para el vendedor. Este término no debe usarse si el vendedor no puede obtener la licencia de importación directa o indirectamente.
  2. Incoterms para medios de transporte marítimo o fluvial:
    • FAS (Free Alongside Ship ) – “Libre al costado del buque” (puerto de carga convenido):el vendedor debe colocar la mercancía junto al buque en el puerto indicado, el riesgo de pérdida o daño de la mercancía las tiene cuando los bienes se encuentran junto al barco, y el comprador asume todos los costos a partir de ese momento.
    • FOB (Free On Board) – “Libre a bordo” (puerto de carga convenido):el vendedor entrega cuando las mercancías pasan la barandilla del barco en el puerto de embarque designado. Esto significa que el comprador debe asumir todos los costos y riesgos de los bienes desde ese punto.
    • CFR (Cost and Freight) – “coste y flete” (puerto de destino convenido):el vendedor debe pagar los costos y el flete para llevar la mercancía al puerto de destino. El riesgo de pérdida o daño, así como cualquier costo adicional debido a eventos que ocurran después del momento de la entrega se transfieren del vendedor al comprador.
    • CIF (Cost, Insurance and Freight) – “coste, seguro y flete” (puerto de destino convenido):el vendedor entrega cuando las mercancías pasan la barandilla del barco en el puerto de embarque, debe pagar el costo y el flete necesarios para llevar los productos al puerto de destino convenido. Riesgo de pérdida y daño igual que CFR. El vendedor también tiene que adquirir un seguro marítimo contra el riesgo de pérdida / daño del comprador durante el transporte.

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